lunes, 24 de febrero de 2014

Cómo dar validez a documentos extranjeros

Legalcores Abogados ha dado en numerosas ocasiones validez a documentos hereditarios del extranjero para que de una forma definitiva se pueda realizar la adjudicación de la herencia conforme a la normativa española, o bien declaraciones de herederos en el extranjero, partidas de defunción extranjeras, etc; consiguiendo plena validez en España. 
Dicha tramitación y consecución de aprobación de documentos extranjeros se realiza mediante la apostilla del Convenio de La Haya de octubre de 1961. Dicho convenio, lo tienen suscrito la mayoría de países en el mundo, y en nuestro departamento de Herencias tienen amplios conocimientos en Derecho Internacional privado, que le permitirán dar salida a esos documentos extranjeros que usted no sabe como darle viabilidad y que le impiden que de una forma definitiva aparezcan a nombre de los respectivos herederos, o personas con interés en los mismos en España.


Tribunal de La Haya.

La importancia de las herencias 
Estas tramitaciones necesarias para dar validez a diversos documentos legales internacionales en España, no es algo nuevo ni desconocido para Legalcores, como sí para muchos despachos: aquí se lleva haciendo desde la propia fundación del bufete, pero agarra un especial interés en las herencias, en la ejecución de sentencias de órganos judiciales extranjeros, u otros documentos de título extranjero a los que se le quiera dar validez en España. Porque, a modo de ejemplo, lo que un día nuestro familiar vio como inversión con su fallecimiento se ha convertido en un temor de tener una serie de bienes en el extranjero de una forma no controlada ya que no aparecen a nombre de las personas supervivientes, o le perdamos el control de algo con interés para nosotros.

De forma adjunta, se puede apreciar la última apostilla de la La Haya conseguida y tramitada por éste despacho mediante la intervención de nuestro letrado Óscar Martínez, a través de la procuradoría portuguesa. 



Óscar Martínez, abogado de Legalcores especializado en herencias. 

lunes, 17 de febrero de 2014

La nueva excusa del seguro para no indemnizar: los accidentes a baja velocidad.

Sorprende cómo las aseguradoras están expandiendo la idea de la cantidad de fraudes que se cometen en la actualidad en relación a los accidentes de circulación a través de televisión, prensa, etc. Hoy mismo lo he podido ver en el telediario como aparecían varias personas, las cuales habían sido grabadas por detectives de las compañías, circulando en moto, yendo al gimnasio, etc, y que estaban de baja médica o habían solicitado una incapacidad como consecuencia de un accidente. Aparecía además después un tipo elegante de la compañía, serio, con gomina ('tipo banquero'), advirtiendo que hacer este tipo de cosas puede incurrir uno en un delito de estafa y que las penas pueden ser de prisión, y bla, bla,bla
Pero lo que callan, lógicamente, es la nueva 'teoría' que aplican las compañías para no abonar los daños físicos en accidentes de circulación, 'los impactos a baja velocidad'.




En los muchos accidentes de tráfico que este despacho, Legalcores Abogados, ejerce la defensa de los lesionados, si el vehículo de estos carece de importantes daños materiales, las compañías se niegan a abonar indemnización alguna y en muchas ocasiones hay que acudir a los tribunales para desmontar esta patraña. Alegan "inexistencia de relación de causalidad entre los daños materiales sufridos por los vehículos y las lesiones sufridas por los ocupantes de los mismos".

Según las compañías, si el vehículo no tiene daños importantes, los ocupantes no pueden sufrir lesión alguna. Sus peritos médicos, biomecánicos, etc, se dedican a dar charlas a este respecto para ir expandiendo esta idea, los cuales lógicamente están muy bien pagados por estas grandes multinacionales.

Esto es radicalmente falso, existen estudios que avalan que el hecho de que el vehículo no tenga daño alguno no implica que sus ocupantes no puedan tener lesión. Incluso nuevos estudios muestran que una velocidad de 2,5 km/h puede llegar a generar lesiones cervicales.

Me pregunto yo entonces ¿quién está estafando?.



Iván Díaz es nuestro abogado especializado en Derecho de Tráfico y Circulación. 

lunes, 10 de febrero de 2014

La mediación como clave para resolver las disputas por herencias

En Legalcores Abogados tratamos muchos asuntos relacionados con herencias. Al dolor propio de la pérdida humana, suele añadirse en no pocas ocasiones las tensiones originadas en la familia del difunto por el reparto de su herencia. Nuestro abogado especializado en la materia Óscar Martínez, es un firme defensor de la mediación como la mejor forma de resolución de estos conflictos, y aquí nos ofrece las pautas que sigue en estos casos.

La mediación se utiliza con frecuencia para resolver conflictos familiares por herencias, como una alternativa eficaz antes de recurrir a la justicia. Se trata de una reunión confidencial que tiene lugar entre las partes implicadas, con un abogado especialista en Mediación y en Derecho Hereditario que actúa como 'mediador'. La mediación por tanto se utiliza con frecuencia para conciliar disputas, sin incurrir en todos los costos involucrados en una demanda judicial.


La mediación no sólo ofrece una manera mucho más rentable de solucionar las controversias, sino que también actúa como un amortiguador entre las partes en disputa que les da la oportunidad de asegurarse que la relación familiar no está dañada irremediablemente. Se trata de intentar llegar a un acuerdo que satisfaga a todas las partes, en lugar de proceder a una batalla judicial larga que casi siempre termina en una ruptura de la relación familiar.

El objetivo de la mediación es conseguir que ambas partes se pongan de acuerdo sobre una solución, allí mismo, en el mismo lugar, durante la reunión. Una vez que se ha alcanzado un acuerdo, la atención se centra en documentar con claridad los términos del mismo y firmarlo para que tenga fuerza vinculante.

1. ¿Quién asiste a la mediación?.

Lógicamente asistirán la persona o personas que estén en disputa, quienes lo podrán hacer acompañadas de su abogado, que es quien mejor representa sus intereses. Con ellos, un 'mediador' estará presente, que actuará como un tercero neutral.
Si una parte no es una persona física, sino que se trata de una empresa, deberá acudir un representante debidamente autorizado de esa entidad, con un mandato escrito para resolver el asunto.
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2 . ¿Dónde y cómo se lleva a cabo la mediación?.

La mediación se lleva a cabo con mayor frecuencia como una reunión estilo 'cara a cara'. Sin embargo, con los avances en la tecnología, es posible llevar a cabo una mediación utilizando herramientas de videoconferencia.

La mediación se lleva a cabo normalmente en una sala de conferencias de carácter no formal, en contraposición a una sala de Justicia formal.

Si ambas partes se reúnen en persona, por lo general incumbe a éstas ponerse de acuerdo en un lugar que sea fácilmente accesible para todos los involucrados. La ubicación es típicamente terreno neutral, en la ciudad más cercana a todos.

3 . ¿Cuál es el papel del mediador?

El mediador profesional actúa como un tercero completamente independiente. Es su papel guiar la discusión, garantizar un proceso mediador equilibrado y supervisar su seguimiento. Durante la mediación se mantendrá siempre imparcial y no tiene autoridad para tomar cualquier decisión con respecto al conflicto. El objetivo del mediador será alentar a ambas partes a considerar diferentes puntos de vista con la esperanza de ayudar a llegar a una solución mutuamente aceptable. El mediador también actúa como un controlador del tiempo de intervención de cada uno y ayudará con el mantenimiento de un adecuado proceder invitando a participar a quienes están siendo dejadas de lado, o bien en el caso de que un argumento se intensifica fuera de control.

Por último, es importante tener en cuenta que siendo el mediador un experto en Derecho Hereditario, será también su papel ofrecer asesoramiento jurídico durante la mediación.

4 . ¿Por qué considerar la mediación como una alternativa útil? ¿Cuáles son sus beneficios?.

  • Resolución anticipada del conflicto (es rápido).
  • Menos costos para ambas partes (es rentable).
  • El acuerdo puede adaptarse perfectamente a las necesidades y aspiraciones de las partes (es muy flexible).
  • ¡Total confidencialidad! Cualquier cosa que se dijo durante una mediación, o producido como prueba durante una mediación, no se puede usar en una audiencia ante los tribunales más adelante (es privado).
  • Menos estrés y no tan emocionalmente agotador como una demanda ante los tribunales (es más suave emocionalmente).
  • Usted no tendrá que preocuparse de seguir los procedimientos legales complejos o escuchar la jerga jurídica confusa (es informal).
  • Tasa de éxito probado: en la mayoría de los casos se llega a una solución antes de recurrir a la Justicia (realmente funciona).
  • Si un acuerdo no se puede alcanzar durante la mediación y el asunto pasa al conocimiento de la Justicia, aún puede la mediación haber posibilitado a las partes aclarar y delimitar las cuestiones clave, que puede conducir a que la solución legal de parte del tribunal llegue con más prontitud.

5 . Si se llega a un acuerdo, ¿cómo es el final de la mediación?

Una vez que ambas partes hayan llegado a una solución de mutuo acuerdo, la solución se plasma por escrito y se firma, a menudo con la intervención de un fedatario público, el notario. El acuerdo será vinculante para ambas partes y funciona como una solución definitiva a su conflicto.

6 . ¿Cómo puede Legalcores Abogados ayudarle en la mediación?.

  • Nosotros inicialmente le aconsejamos si su caso es adecuado para la mediación, ya que no es apropiado en todos los asuntos, aunque sí en la mayoría.
  • Vamos a describirle el proceso de mediación y explicárselo de forma compresible para usted y la otra persona.
  • Nosotros nos encargamos de toda la comunicación entre ambas partes.
  • Hablamos con la otra parte, tanto en el período previo a la mediación como durante la misma.
  • Establecemos las pautas para realizar la mediación entre ambas partes de una forma justa y equilibrada.
  • Asistimos a la mediación con ambas partes con el fin de ofrecerle un asesoramiento jurídico correcto y adecuado en toda la duración de la mediación.
  • Nosotros redactamos el acuerdo de solución que hayan decidido ambas partes.


7. Finalmente, en Legalcores Abogados contamos con un abogado especializado en Mediación y Derecho Hereditario, nuestro socio Oscar Martínez, el cual actuará con plenas garantías como mediador imparcial de dos o más partes en conflicto, con el único objetivo de lograr un acuerdo que contente a todos y no disguste a nadie, donde todos salgan beneficiados y ninguno perjudicado, donde todas las partes terminen la mediación considerando que se ha hecho JUSTICIA.





viernes, 7 de febrero de 2014

Las maniobras engañosas de los bancos para mantener las cláusulas suelo

Desde Legalcores Abogados queremos alertar sobre una práctica que están llevando a cabo los bancos ante la acción de los ciudadanos y la justicia para eliminar las abusivas cláusulas suelo de las hipotecas. Uno de nuestros clientes nos ha traído el escrito que le ha presentado su entidad bancaria para que lo firme y lo entregue en una sucursal. 
En el documento le ofrecen dejar sin efecto la cláusula suelo temporalmente hasta el 4 de abril de 2016, es decir, durante aproximadamente dos años. Esto se traduce en una significativa reducción de la cuota mensual durante esos dos años. Pero una vez pasado ese periodo, el banco volverá a aplicar la cláusula suelo, y la cuota volverá a subir considerablemente. Y para más inri, en ese momento futuro, el cliente ya no podría reclamar judicialmente la nulidad de la cláusula porque en el escrito consta expresamente que el cliente se compromete a renunciar a cuantas acciones judiciales o extrajudiciales tenga planteadas en el presente y las que pueda plantear en el futuro en relación con el pacto de la cláusula suelo.
Casi todas las entidades bancarias están ofreciendo lo mismo. Y ante ello, desde Legalcores Abogados aconsejamos a nuestros clientes que no firmen este escrito. 

En dos años, la hipoteca vuelve a subir sin que el cliente pueda denunciar 
"Es pan para hoy y hambre para mañana. Los bancos lo ofrecen bajo la excusa de que de esta forma se obtiene una rebaja de la cuota hipotecaria inmediata y durante dos años. Y después, la situación económica del país ya será otra, mucho mejor, y que ya no habrá tantos problemas para pagar las hipotecas, todos tendremos trabajos estupendos... etc", señalan nuestros letrados. 
"Son palabras vacías, porque dentro de dos años quién sabe cómo estará cada cual. Estas cláusulas son ilegales y constituyen un abuso palmario, por lo que aconsejamos a nuestros clientes que no decaigan en su lucha y que exijan la eliminación absoluta y para siempre de estas cláusulas de sus hipotecas". Desde Legalcores insisten en que precisamente este es el momento de decaer en esta lucha, porque el escrito, desde otro punto de vista, da cuenta de forma clara y notoria de la posición de debilidad en que es este momento se encuentran los bancos en relación a las cláusulas suelo.