jueves, 23 de julio de 2015

La virtud de la paciencia en las reclamaciones por daños físicos causados en accidentes de tráfico

Es evidente que con la crisis económica, de la que a duras penas estamos saliendo, el nivel económico de la población en general ha experimentado un notable descenso. Esto provoca que la indemnización recibida por lesiones producidas en accidentes de tráfico sea esperada por muchas personas, y sus familias, como agua de mayo.

Las compañías aseguradoras son lógicamente conscientes de esta realidad, y la usan en su beneficio para reducir el coste de los desembolsos que deben realizar por pago de las indemnizaciones. 


De esta forma, con mucha frecuencia, se muestran muy reacias a ofrecer cantidad alguna de forma inmediata a la valoración de las lesiones. Conscientemente, retardan los procedimientos y sus tramitadores no contestan a las llamadas, correos electrónicos, faxes, o mensajes de texto o voz que los abogados les dejamos para intentar llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial.

Con esta táctica consiguen que los clientes se pongan nerviosos, desconfíen de las gestiones que está realizando su abogado, y en definitiva, logran que surja en ellos la ansiedad por cobrar la indemnización de forma rápida. 


Una vez que nace esta ansiedad, es cuando la compañía aseguradora ofrece en efecto una cantidad que normalmente está muy por debajo de lo que en justicia les correspondería por las lesiones que han sufrido. Y en bastantes ocasiones los clientes la aceptan en contra de nuestro consejo.

Por tanto, hoy en día más que nunca, la paciencia es una virtud muy necesaria a la hora de reclamar la indemnización que en justicia corresponde.

En consecuencia, si quiere usted una indemnización justa y adecuada, recuerde: MANTENGA LA CALMA Y CONFÍE EN SU ABOGADO.


David Rodríguez Suárez, abogado de Legalcores y Deviat

martes, 14 de julio de 2015

Dónde colocar el aire acondicionado para no tener problemas con la comunidad

Empieza a hacer calor y en muchos hogares comienzan a instalarse aparatos de aire acondicionado. Recientemente hemos llevado el caso de un propietario de un piso en régimen de propiedad horizontal que colocó cinco aires acondicionados en la azotea de su comunidad. 

Otros vecinos ya habían colocado anteriormente otros aparatos de iguales características, pero en nuestro caso, el propietario hizo pasar los conductos que conectan las consolas con los split a través del forjado de cubierta, perforando dicho forjado; mientras que el resto de vecinos pasaron los conductos exteriormente por las fachadas hasta llegar a su vivienda respectiva. 

Uno de estos vecinos le demandó, y el Juez ha dictado sentencia en la que le obliga a quitar los conductos, pasarlos por el mismo lugar que el resto de vecinos, y reponer el forjado en las mismas condiciones que estaba antes de la instalación. 


Efectivamente, el forjado de cubierta, al igual que todos los componentes de la estructura del edificio, es un elemento común que no puede ser alterado sin autorización unánime de la Comunidad de Propietarios. 

El hecho de que en la comunidad se hubiera consentido tácitamente la instalación de aires acondicionados en la azotea comunitaria por parte de otros vecinos autorizaba a éste a instalar también los suyos, pero no a pasar los conductos rompiendo el forjado de la cubierta.


Por tanto, desde Legalcores Abogados les aconsejamos que tenga mucho cuidado con el lugar que elige para instalar su aire acondicionado o con la forma de instalarlo. Las fachadas, patios interiores, azoteas y estructuras del edificio son elementos comunes que no se pueden alterar sin el consentimiento unánime de la Comunidad de Propietarios. Pida usted este consentimiento antes de hacerlo. 

Fíjese dónde y de qué forma están instalados los aires de los demás vecinos. De lo contrario se arriesga a que lo demanden, y que precisamente cuando más calor hace, tenga usted que quitar los aires acondicionados del lugar en el que los instaló.