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miércoles, 16 de diciembre de 2015

¿Es necesario el permiso de la comunidad de vecinos para hacer obras?

Hola amigos! 
En el post de hoy os vamos a hablar de una situación que se repite con bastante asiduidad: un vecino que reside en un bloque de pisos, urbanización o vivienda en comunidad con otros propietarios decide hacer obras que alteran los elementos comunes o perjudica los intereses de sus vecinos. Esto no se puede hacer sin el consentimiento de comunidad de vecinos, un elemento que entre otras cosas sirve para salvaguardar el orden y la buena convivencia. Pues bien, aún hay personas que se saltan este paso fundamental, lo cual, si se demanda, lleva todas las de ganar para el demandante.

Para muestra, un botón: recientemente nuestro abogado David Rodríguez ha obtenido una sentencia favorable para un cliente por parte de la Audiencia Provincial de Sevilla. El caso ha sido por obras inconsentidas en una comunidad de propietarios.

Hace unos meses volvimos a ganar un caso relacionado con la colocación de aparatos de aire acondicionado. Un propietario hizo pasar los conductos que conectan las consolas con los split a través del forjado de la cubierta, perforándolo, en lugar de hacerlo por la fachada. 

Al hilo de esto también rescatamos otro caso en el que un vecino abrió unas grandes cristaleras que daban al patio de luz sin el permiso de la comunidad. Mejoraba la calidad de su vivienda pero le permitía ver perfectamente la vivienda del vecino del segundo, que lo demandó. 




Pero volviendo al caso que nos ocupa ahora, nuestro cliente demandó a su vecino del piso de arriba que decidió cambiar la ubicación de su cocina, de modo que trasladó ésta al otro extremo del piso, situándola sobre el dormitorio de matrimonio de nuestro cliente.

Para acometer esta obra, necesitó hacer nuevas conducciones de desagüe de aguas, así como de salida de gases y humos, las cuales supusieron alteraciones de elementos comunes, pues se abrieron nuevos orificios en el paramente del patio interior de luces para la salida de estos tubos y además el de desagüe se conectó al bajante comunitario con una conexión que antes no existía.




Todas estas obras fueron llevadas a cabo sin ni siquiera informar a la comunidad de propietarios, y mucho menos pedir la autorización de la misma, indicando la legislación aplicable que las alteraciones de los elementos comunes exigen la autorización unánime de todos los propietarios.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dado la razón a nuestro abogado, indicando que lo que tendrían que haber hecho los vecinos del piso de arriba es “pedir autorización para el cambio de ubicación de la cocina con la que se va a situar encima de la zona de descanso de los actores y de no conseguirla, por arbitraria, impugnar el acuerdo de la comunidad y no acudir a vías de hecho justamente reprobadas jurisprudencialmente … Pero lo que en modo alguno puede ampararse es en la LEY DE LA SELVA en el ámbito de la comunidad de vecinos, de tal forma que la obra realizada sin consentimiento unánime de la comunidad de propietarios ni en su defecto aprobación judicial ha de reputarse ilícita.


David Rodríguez, abogado de Legalcores.

Los demandados en todo momento se defendían aduciendo que para realizar las obras contaban con la preceptiva licencia de obras concedida por la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla, a lo que la Audiencia responde diciendo que “la obtención de una licencia administrativa para la realización de las obras, únicamente es útil a los efectos de verificar que su ejecución se ajustó a las prescripciones administrativas que se exigen por la ordenación urbanística, pero en nada exime del cumplimiento de las normas imperativas recogidas en la Ley de Propiedad Horizontal, respecto a la necesaria concurrencia del consentimiento unánime de los copropietarios para que pueda otorgarse validez a las obras realizadas". 

Si usted se encuentra en una situación como esta y uno de sus vecinos realiza obras que le afecten directamente, o a la comunidad, sin el consentimiento de la misma, no dude en ponerse en contacto con nosotros y le atenderemos, como siempre hacemos, en una primera cita gratis. www.legalcoresabogados.es

martes, 14 de julio de 2015

Dónde colocar el aire acondicionado para no tener problemas con la comunidad

Empieza a hacer calor y en muchos hogares comienzan a instalarse aparatos de aire acondicionado. Recientemente hemos llevado el caso de un propietario de un piso en régimen de propiedad horizontal que colocó cinco aires acondicionados en la azotea de su comunidad. 

Otros vecinos ya habían colocado anteriormente otros aparatos de iguales características, pero en nuestro caso, el propietario hizo pasar los conductos que conectan las consolas con los split a través del forjado de cubierta, perforando dicho forjado; mientras que el resto de vecinos pasaron los conductos exteriormente por las fachadas hasta llegar a su vivienda respectiva. 

Uno de estos vecinos le demandó, y el Juez ha dictado sentencia en la que le obliga a quitar los conductos, pasarlos por el mismo lugar que el resto de vecinos, y reponer el forjado en las mismas condiciones que estaba antes de la instalación. 


Efectivamente, el forjado de cubierta, al igual que todos los componentes de la estructura del edificio, es un elemento común que no puede ser alterado sin autorización unánime de la Comunidad de Propietarios. 

El hecho de que en la comunidad se hubiera consentido tácitamente la instalación de aires acondicionados en la azotea comunitaria por parte de otros vecinos autorizaba a éste a instalar también los suyos, pero no a pasar los conductos rompiendo el forjado de la cubierta.


Por tanto, desde Legalcores Abogados les aconsejamos que tenga mucho cuidado con el lugar que elige para instalar su aire acondicionado o con la forma de instalarlo. Las fachadas, patios interiores, azoteas y estructuras del edificio son elementos comunes que no se pueden alterar sin el consentimiento unánime de la Comunidad de Propietarios. Pida usted este consentimiento antes de hacerlo. 

Fíjese dónde y de qué forma están instalados los aires de los demás vecinos. De lo contrario se arriesga a que lo demanden, y que precisamente cuando más calor hace, tenga usted que quitar los aires acondicionados del lugar en el que los instaló.