jueves, 22 de octubre de 2015

¿Qué pasa cuando en un accidente no hay testigos? Legalcores gana un caso para un cliente que sufrió un choque.

¿Qué sucede cuando dos vehículos tienen un accidente sin testigos? ¿Cómo puede decantarse el juez por una parte u otra cuando ambos conductores niegan tener la culpa? Es obvio que las pruebas deben jugar un papel fundamental. Y si la parte demandada no aporta nada que certifique su argumento, lleva las de perder. 

En este post os vamos a contar un caso resuelto de forma favorable por nuestro abogado Iván Díaz, en el que Segurcaixa fue condenada a indemnizar a nuestro cliente con 654,47 euros más los intereses y las costas del procedimiento.  

"Era un asunto muy complicado de ganar y  muy curioso ya que había dos versiones contradictorias, sin testigos ni parte amistoso". Para más inri, no había testigos. 
"El accidente fue simple: un cruce regulado por semáforos, nuestro cliente inicia la marcha cuando se pone en verde y llega otro vehículo por la derecha y se produce el choque. La mujer que conducía este coche se niega a cumplimentar el parte porque sostiene que va bien". 



Nuestro cliente es un hombre jubilado, ex agente comercial, con más de 40 años de experiencia al volante y ni un solo siniestro donde él sea el responsable. "Nos cuenta que una mujer en un cruce en Sevilla, en la calle Juan Díaz de Solís,  se ha saltado el semáforo y le ha impactado en el lateral del vehículo y mantiene que ella no es la responsable, que circulaba correctamente". 

Para colmo, su aseguradora Línea Directa le dice que no hay viabilidad en la reclamación con lo que deja a su cliente prácticamente solo. No le pone a su disposición a sus abogados, porque considera que la reclamación está perdida, y le instan a buscarse un abogado particular. "Y ahí estaba Legalcores para ganar el juicio". 

Iván Díaz, abogado de Legalcores especializado en accidentes.

El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Sevilla dio la razón a nuestro abogado, porque entiende que en el acto de juicio la demandada no demuestra que circulara diligentemente, siendo la carga de la prueba del demandado demostrar este extremo. Es decir, que la demandada no aportó ninguna prueba que demostrara que el accidente no había sido culpa suya. 

En este sentido, la parte más destacada de la sentencia es que dicta que en las colisiones con recíproca producción de daños y no siendo posible determinar la responsabilidad de alguna de las partes, hay que atender a si el demandado aporta pruebas que demuestren que actuó plenamente diligente. 

Cosa que no hizo en el acto del juicio, ya que la conductora se limitó a negar su responsabilidad pero no dio una explicación lógica de lo que ocurrió. Por eso la condenaron.
A continuación os mostramos un fragmento de la sentencia: 







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