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domingo, 11 de junio de 2017

Legalcores gana un pulso a Línea Directa por el atropello de un ciclista

¿Tiene un conductor que respetar el paso de una bicicleta por un paso de peatones? ¿Pueden las bicicletas circular por los pasos de cebra con el derecho de que los vehículos se detengan igual que deben hacer con los viandantes? ¿O tienen los conductores carta blanca para cruzar aunque pongan en peligro al ciclista?

Nuestro abogado especializado en accidentes, Iván Díaz, ha llevado recientemente el caso de un ciclista al que atropellaron mientras cruzaba por un paso de cebra. La compañía aseguradora del coche, Línea Directa, señaló que el responsable era nuestro cliente por ir montado en una bicicleta e Iván presentó una demanda. 

Foto: JoserPizarro. 

Pues bien, nuestro abogado ya tiene en su poder la contestación de la misma por parte de la compañía. Y aunque aún se está a la espera de la fecha del juicio, Línea Directa asume la responsabilidad del accidente, y solo discuten el alcance de las lesiones. 
Los argumentos de nuestro letrado han surtido efecto, y pasamos a exponéroslos a continuación: 

Auto de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Octava,  de fecha 22 de noviembre de 2016, donde se dirimía la responsabilidad en  un atropello similar a este que nos ocupa. Igualmente un ciclista fue atropellado en un paso de peatones.
La Audiencia deja muy claro que aunque  el ciclista cruce por un paso de peatones no tiene por  qué ser responsable del accidente. Sobre esto destaca este párrafo:
 “….en ningún caso el hecho de que un ciclista cruce una calzada por un paso de peatones legitima  al conductor de un vehículo de motor a atropellarlo”.

Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor recoge que el conductor de vehículos a motor “es responsable, en virtud del riesgo creado por la conducción de estos, de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación”.

Nuestro abogado entiende que, por las propias circunstancias del siniestro, del atropello de nuestro cliente, la responsabilidad de la conductora es clara. Ella misma indica a la policía local de Mairena del Aljarafe  que no ve al ciclista cruzar el paso de peatones porque le deslumbraba el sol. ¿Qué hubiese ocurrido si quien pasara fuese un peatón? Pues igualmente lo hubiese arrollado. Entra dentro de toda lógica pensar que lo prudente hubiese sido, si el sol le impedía ver, frenar totalmente el vehículo y asegurarse de que estaba libre el paso de peatones para seguir avanzando.

Iván Díaz, abogado especializado en accidentes de Legalcores. 

Desde Legalcores os recordamos que disponemos de un departamento especializado en accidentes y que solo cobramos nuestra minuta cuando nuestro cliente cobra su indemnización. Del mismo modo, tenemos un apartado de consultas gratis 'El abogado responde', en nuestra web. Y la primera cita en nuestros despachos de Alcalá de Guadaíra, Mairena del Aljarafe, San José de la Rinconada y El Coronil, también es gratis. 
En nuestra web están los datos para contactar. Entra aquí: www.legalcoresabogados.es

jueves, 18 de junio de 2015

Consejos para cerrar tu pequeña empresa sin 'dejarla morir' ni recibir sanciones de Hacienda.

"Dejar morir o dejar dormida a una empresa". Esta expresión ha sido y sigue siendo muy utilizada por muchos gestores/asesores contables e incluso desde alguna notaría, pero la misma encierra una serie de perniciosos errores que pueden sumir a la propia empresa y a su administrador en diversos problemas jurídicos de considerable índole.

"Dejar morir la empresa”, suele ser un consejo erróneamente dado a los dueño/socios de pequeñas empresas las cuales cierran y no tienen enormes cantidades de maquinaria que liquidar, ni propiedades, ojo! Ni tampoco grandes deudas. Me refiero a esas Sociedades Limitadas que son; un pequeño taller, una pequeña tintorería, un pequeño supermercado familiar, una academia de clases particulares etc. La realidad contrastada con nuestro devenir diario en el despacho es que estos negocios, por diversos y variopintos motivos, pues no van bien y sus dueños y socios de una forma pacífica entre ellos deciden echar el “cerrojazo” a la empresa porque las cuentas no salen.



Ahí es cuando, estos pequeños empresarios se acercan a su asesor mas cercano y les dicen: “ya no aguanto más y tengo que cerrar, ¿que tengo que hacer?". Y el asesor les contesta: "no te preocupes yo la pongo como inactiva y se deja morir". Error!

Responsabilidades principales que nos podremos ver inmersos en caso de no cerrar bien la empresa:

1.- La sociedad aún aparecerá inscrita en el Registro Mercantil pertinente, por lo que aparecerá en un listado del cual Hacienda tiene perfecto conocimiento y de la que se tiene la plena obligación de presentar las cuentas anuales aunque sean a cero. La propia presentación de las cuentas anuales suele generar la obligación de liquidar las retenciones de profesionales que se originan en la factura del propio Registro, IVA. 
Este gasto no será deducible para la sociedad, precisamente por no realizar actividad alguna, sin embargo, sí debemos ingresar dichas retenciones a través de la liquidación trimestral correspondiente, sino Hacienda puede pedirnos los específicos modelos de dichas retenciones y como no están realizados ni presentados implicará las preceptivas sanciones e intereses adjuntos a los mismos.


2.- Enlazando con el primer punto, una sociedad inactiva, no quiere decir que no tenga la obligación de presentar liquidación anual de impuestos como el Impuesto de Sociedades. El propio impuesto societario contempla la opción de presentar el impuesto sin actividad, pero independientemente de ello debemos reflejar los datos del balance actual de la empresa. De no presentarse, Hacienda puede imponer una sanción tributaria, que es lo que sucede, y además esta no suele ser en el mismo año inmediato por lo que la sanción puede rondar entre los 600-1000 euros.


3.- Toda sociedad tiene como mínimo declarado un administrador de la misma o incluso varios de una forma mancomunada. El hecho de aparecer como administrador de una sociedad implica un obligación fundamental, que es el pagar el autónomo. Hemos visto ya en varias ocasiones, que la Seguridad Social que en estos momentos de crisis tienen las arcas vacías, han reclamado el autónomo de todos los meses en los cuales el administrador sigue apareciendo como tal en una sociedad no disuelta o liquidada, reclamando unas cantidades que como se puede presuponer a unos 260 euros/mes por todos los años son enormes. Dejando aparte, el que dichas reclamaciones realizadas por la Seguridad Social, abusivas o no, pueden ser objeto de defensa, que los son, mediante los correspondientes recursos contra la administración, la realidad es que “el dolor de cabeza se lo lleva el empresario” y además, no son pocas las ocasiones en las que empresario no se asesora por un letrado convenientemente, va a la Seguridad Social y firma el reconocimiento de la deuda con un fraccionamiento y pago de la misma, lo que conlleva una enorme carga.

Óscar Martínez, abogado y economista de Legalcores.

Por tanto, como siempre decimos, y aún más en los aspectos societarios y fiscales la prevención a través de un buen asesoramiento legal, es sin duda más económico y menos problemático que enfrentarse con el paso de los años a sanciones fiscales, de seguridad social o enfrentarse a un mar de recursos para evitar que el triste momento de cerrar un empresa se convierta en una pesadilla.

martes, 10 de marzo de 2015

Los ciclistas y su derecho a ser indemnizados en caso de accidente

Por razones obvias, los ciclistas son muy vulnerables en la carretera, por lo que muchos sufren lesiones en accidentes que normalmente no causarían dichas lesiones si se viajase en otro medio de transporte. Salvo por un casco, el cuerpo de un ciclista está completamente expuesto a fuerzas externas. A pesar de ello, no todos los automovilistas conducen con la precaución que debieran al ver a un ciclista, ya sea en carretera o en ciudad. De hecho, los conductores tienen la culpa en muchos casos de accidentes de ciclistas. Es por ello que en estos casos es muy aconsejable buscar la asesoría legal de un abogado especializado en la materia.



La obtención de una indemnización adecuada por las lesiones que sufra en un accidente de bicicleta puede ser muy difícil, ya que el proceso de reclamación a menudo es complejo, especialmente si la parte responsable se opone a la misma. Nuestro abogado David Rodríguez advierte de que "la víctima no debe tratar de manejar su caso por sí solo, o corre el riesgo de cometer un error que pondría en peligro el buen fin de su reclamación".

"No se desanime en el caso de que no haya otro vehículo implicado en el accidente. Ello no significa automáticamente que fuera su culpa. Puede que el accidente haya sido causado por condiciones peligrosas de la carretera, por piezas defectuosas, u otros factores que usted no pudo haber tenido en cuenta". 

Nuestro abogado especializado en accidentes afirma que el ciclista puede tener derecho a una compensación por sus daños, incluso si el accidente fuera en parte culpa suya: ello podría determinar una disminución de la cantidad que le corresponde en concepto de indemnización pero no elimina completamente el derecho a obtener la misma. Esto en Derecho recibe el nombre de 'concurrencia de culpas'. "Tenga en cuenta que el tramitador de siniestros de la aseguradora no trabaja para ofrecerle a usted la compensación más adecuada a su caso". 



Por el contrario, su trabajo consiste en obtener la mayor cantidad de beneficios como le sea posible para su empresa, disminuyendo todo lo que pueda su indemnización. Por ello es mejor no comunicarse con el tramitador de siniestros en absoluto, pero si debe hacerlo, asegúrese de consultar con su abogado antes de firmar o decir cualquier cosa. "Incluso si el tramitador le ofrece como solución extrajudicial del litigio lo que tiene la apariencia de ser una cantidad de dinero adecuada, lo más probable es que esté tratando de hacerle aceptar a usted mucho menos de lo que realmente se merece", afirma nuestro letrado. 

David Rodríguez, abogado de Deviat y Legalcores.


Los abogados expertos de DEVIAT pueden manejar todos los pasos del proceso de reclamaciones en su lugar. Esto incluye: la presentación de la documentación necesaria, la realización de una investigación a fondo de las circunstancias del accidente, la recopilación de pruebas de apoyo, el informe médico del Especialista en Valoración del Daño Corporal, y todo lo que se necesite para establecer la validez de su reclamación. 

Contacte con nosotros ahora para obtener más información sobre sus derechos y opciones legales. Puede llamarnos a los teléfonos 955 102 823 o 954 181 703. 

En anteriores entradas: Consejos para obtener la máxima indemnización en caso de atropello.