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jueves, 1 de diciembre de 2016

Plus Ultra, obligado a indemnizar a nuestros clientes con 13.000 euros por accidente de tráfico a baja velocidad

Queridos amigos, hoy os traemos un nuevo caso de indemnización por accidente de tráfico, de nuevo por la lesión más habitual y común que se suele padecer cuando se produce un choque entre dos vehículos: el latigazo cervical.

Y de nuevo, valga la redundancia, nos encontramos con una entidad aseguradora, en este caso Plus Ultra Seguros, que argumenta una excusa falaz para no indemnizar: que cuando el alcance es a baja velocidad, los coches absorben el impacto y no puede haber daños para sus ocupantes. Algo que no tiene ningún sentido, ya que precisamente el conductor y sus ocupantes son las piezas más frágiles del coche, y está demostrado que cuando se produce un frenazo, o se recibe un impacto, el cuerpo no se queda estático, ni mucho menos. Los que por desgracia hayáis sufrido un accidente, por leve que éste haya sido, sabéis perfectamente de qué hablamos. Y en el blog de Legalcores ya le dedicamos un post a este asunto. 



Pues bien, ya sabéis que Legalcores cuenta con un departamento especializado en accidentes, Deviat. Y nuestro abogado Iván Díaz ha sido en esta ocasión el encargado de la defensa y de conseguir que la aseguradora Plus Ultra indemnice con 13.043 euros -intereses y costas incluidas- a nuestras clientas, que sufrieron un alcance cuando se habían detenido con su coche en un paso de peatones previo a una rotonda en la localidad de Dos Hermanas (Sevilla). 



Para poneros en situación: la nueva 'moda' de las aseguradoras es presentar un informe biomecánico que elimine la relación de causalidad entre el impacto recibido y el daño personal a conductor y ocupantes. El planteamiento es que si el coche no ha sufrido demasiados daños, sus ocupantes tampoco. Algo totalmente arbitrario y carente de sentido, como se ha demostrado con este nuevo caso ganado por Legalcores.

El informe del médico forense, que certifica los daños sufridos por nuestras clientas desmontando los argumentos del seguro, ha sido determinante para que el juez se incline de nuestro lado. Para que lo comprobéis vosotros mismos publicamos la sentencia, ocultando los datos personales.

Iván Díaz, abogado de Legalcores.


Y volvemos a insistiros en que ante este tipo de accidentes, si no denuncias, no vas a recibir indemnización del seguro. Las compañías tienen mil y una triquiñuelas para esquivar lo que más les duele: pagar. Y no debéis tener reparos en llamar a un abogado, porque en el caso de Legalcores, nosotros no cobraremos nuestra minuta hasta que tú la cobres y solo si la cobras. 

Sentencia: 




lunes, 19 de enero de 2015

Legalcores logra que la aseguradora Pelayo pague a sus clientes más de 4.000 euros como indemnización por robo

Antonio y Ángeles sentían que les habían robado dos veces. La primera, en junio de 2013, cuando unos ladrones forzaron la puerta de su casa y les robaron objetos personales valorados en más de 4.000 euros; y la segunda vez, cuando su aseguradora de toda la vida, Pelayo, se negó a indemnizarles de una forma justa. 

La compañía con la que mantenían una póliza desde hacía años solo les ofreció una compensación de 435,90 euros. Pero tras recurrir los afectados a Óscar Martínez, abogado de Legalcores, el juez fijó un importe de 4.265 euros más los intereses legales que Pelayo tendrá que abonar a sus asegurados. 


Si bien la compañía de seguros reconoció como cierto el acceso de personas extrañas al piso, así como la sustracción de objetos, su principal argumento para no indemnizar fue que no estaba demostrado que el acceso a la vivienda se hubiera producido por la fuerza, y por tanto, no podía considerarse robo como tal, sino hurto. Y para estos supuestos, la póliza tenía estipulaba una cantidad bastante inferior. 

Según Pelayo, por las condiciones en que se encontraba la puerta, al piso podría haber accedido personas de confianza, incluso los hijos de este matrimonio. Algo totalmente falso y carente de fundamento, dada la pericia con que actualmente actúan muchos cacos a la hora de abrir y entrar en la vivienda.


Nuestro abogado Óscar Martínez logró demostrar, y así lo recoge en su sentencia el juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Sevilla, que el acceso al inmueble se produjo 'con fuerza en las cosas'. "Bien mediante un sutil forzamiento de la cerradura de la puerta sin producir daños visibles en ésta, o bien mediante el empleo de llave falsa, constituida incluso por el empleo de la llave de dicha vivienda por extraños, o incluso por personal dependiente infiel que pudiera tener acceso a la misma". 

Esta situación, según figura en la sentencia, se corresponde con el delito descrito en el artículo 237 del Código Penal, como "apoderamiento de cosas muebles ajenas con ánimo de lucro y mediante fuerza en las cosas, o violencia o intimidación en las personas". 


A pesar de que contra la resolución cabe presentar un recurso de apelación, Pelayo no lo ha hecho y ha aceptado abonar la indemnización a sus asegurados, fijada por el perito en 4.265 euros. Después de toda una vida pagando religiosamente su póliza de seguros y sin apenas haber reclamado nunca nada a Pelayo, nuestros clientes sienten restituída, al menos en parte, la pérdida que sufrieron en junio de 2013. 

Desde Legalcores siempre os animamos a presentar una denuncia contra la empresa o entidad que no responda ante lo acordado o que no respete vuestros derechos. Este caso demuestra que merece la pena la espera y que el apoyo y asesoramiento profesional de nuestros abogados siempre da buenos resultados y logra el beneficio más justo para nuestros clientes. Si te encuentras en una situación similar, no dudes en consultarnos. Confía en nosotros!