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miércoles, 27 de abril de 2016

Indemnización de 7.000 euros para una familia, víctima de graves desperfectos en su casa

Hoy abordamos un nuevo caso que ha ganado con éxito nuestro abogado Óscar Martínez. Un accidente que podría haber tenido consecuencias mucho peores, como daños humanos graves, y que afortunadamente se quedó en un gran susto y cuantiosos desperfectos en una vivienda. 

La mala instalación de unas placas solares por parte de una empresa provocó que en un día de invierno, con fuertes vientos, las placas y el depósito de agua, con un peso aproximado de 300 kilos, terminaran derrumbándose en el interior de la vivienda desde una altura de nueve metros. 

La imagen es solo orientativa, no es real. 

Afortunadamente en el patio, donde se derrumbó la pesada estructura, no había nadie, porque las consecuencias habrían sido fatales. "Pero el susto nos podemos imaginar como fue, un aparato de ese peso cayendo a plomo". 

EL SEGURO, ABSUELTO
Los costes de reparación se tasaron en más de 7.000 euros y el juicio ha tenido resultados positivos para nuestros clientes. La empresa responsable ha sido condenada a indemnizarlos, y la empresa aseguradora ha sido absuelta. El juez ha considerado que la responsable única de que se desprendiera la pesada estructura es de la empresa, que no la colocó de forma adecuada. 

En este sentido, la declaración del perito fue clave: aseguró en su informe que la instalación de las placas y depósito no se encontraban ancladas la superficie de la azotea, ni se había instalado el preceptivo contrapeso, etc. 



A continuación pasamos a exponeros un extracto de la sentencia, contra la que cabe el recurso de apelación: 

La demandada XXXXXXX alegó que la causa del desprendimiento fue el viento huracanado o ciclogénesis explosiva, que se desarrolló en toda la provincia el día de los hechos, considerando por ello que estamos ante un supuesto de fuerza mayor que la exonera de responsabilidad. La compañía aseguradora alegó la falta de legitimación pasiva, en aplicación de la cláusula 4 de las condiciones especiales del contrato de seguro celebrado con la instaladora, así como la exclusión de parte de los daños. Empezando por la excepción planteada por SEGUROS XXXXX, basta observar la cláusula especial 4 para entender que en aplicación del art. 10 de la LEC, debe estimarse la falta de legitimación pasiva, al producirse el daño después de los veinticuatro meses desde la fecha de finalización de las instalaciones según certificado de obra. 

Respecto de otra demandada, tras la valoración conjunta de la prueba, consideramos que se realizó la instalación y se produjo el desprendimiento en los términos expuestos por el perito D. XXXX, que aseguró en su informe que la instalación de las placas y depósito no se encontraban ancladas la superficie de la azotea, ni se había instalado el preceptivo contrapeso, se habían instalado al borde de la azotea y no a un metro de distancia para evitar los rebufos de viento.

La demandada XXXXXX no acudió al juicio a oponerse a esta versión, sin que el hecho de que la Agencia Estatal de Meteorología calificara a la zona en alerta naranja presuponga unos vientos no previsto o cuyos efectos sean imposibles de evitar, ya que las instalaciones soportan, según sus especificaciones técnicas vientos hasta 100 km/h. Podríamos haber entrado en el terreno de las presunciones si la alerta hubiese sido roja en vez de naranja. 

No se ha practicado ninguna prueba por la demandada XXXXX, que acredite que los vientos fueron superiores a 100 km/h en el lugar de los hechos el día que se produjo el evento dañoso, solo se aporta una noticia de un periódico que dice de modo genérico que un viento de 104 km/h causa trescientos incidentes, refiriéndose a la provincia completa, y sin que esta afirmación periodística goce de veracidad ni exhaustividad alguna, y menos aún sirva como prueba en este juicio.

Óscar Martínez, abogado de Legalcores.

Desde El blog de Legalcores queremos darle la enhorabuena a nuestro compañero Óscar Martínez, por este nuevo éxito. Y por supuesto, os animamos a todos los que sufráis un suceso de estas características, a que nos consultéis. 
Os recordamos que nuestra primera cita siempre es completamente gratis y a continuación os pasamos un presupuesto del coste de nuestros servicios. 
Podéis contactar con nosotros en el 955 102 823 o 954 181 703. También nos podéis dejar una consulta en el apartado 'El abogado responde' de nuestra página web: www.legalcoresabogados.es 


miércoles, 16 de marzo de 2016

Nuestro abogado, Óscar Martínez, comienza una nueva etapa como profesor

Nuestro compañero Óscar Martínez ha iniciado una nueva etapa como profesor de la Escuela Superior de Práctica Jurídica, CEFOEC. Concretamente Óscar imparte clases de Mediación civil y mercantil, y Fiscalidad en el derecho a la propiedad. Una labor que compaginará con su trabajo habitual en nuestro bufete. 
Todos los alumnos son licenciados en derecho, económicas, psicología, etc. “En mi clase hay abogados, administradores de fincas, psicopedagogos… Todos procedentes de una formación superior”. Precisamente él mismo fue alumno de esta escuela. “Estudié aquí y he mantenido el contacto con el equipo. Ahora vuelvo como profesor, y muy contento e ilusionado”. 

Clases prácticas 
Ganas no le faltan a Óscar, que es consciente del sobreesfuerzo que le va a suponer compaginar las clases con sus asuntos del bufete. “Le estoy echando horas, noches y fines de semana. Pero me merece la pena el esfuerzo”. No en vano sus clases son fundamentalmente prácticas, lo que requiere una intensa preparación previa. “Les pongo muchos casos prácticos a mis alumnos, transparencias, lecturas sobre temas relacionados... Todo lo que sirva para despertar el debate y el diálogo en clase. Me gusta que los alumnos expongan en intercambien sus opiniones, porque dentro de ese debate se razona y se sacan muchas conclusiones”.

Óscar Martínez, abogado de Legalcores.

En este sentido, Óscar explica que las asignaturas que imparte son relativamente jóvenes y que en muchas ocasiones no existen soluciones estándar. Es el caso de la Mediación civil y mercantil, que ha sido impulsada por la administración con el objetivo de evitar que los casos terminen en procedimientos judiciales. Una medida que persigue paliar uno de los principales problemas de la justicia: el colapso y la saturación que sufren los juzgados.


Con esta nueva disciplina, una de las que imparte nuestro abogado, se pretende iniciar una nueva etapa en el mundo de la justicia, en la que primen las conciliaciones y los acuerdos previos. Desde el blog de Legalcores queremos felicitar a Óscar y desearle muchísima suerte en su nueva andadura. ¡Enhorabuena! 

martes, 22 de diciembre de 2015

Legalcores logra que BBVA elimine la cláusula suelo de la hipoteca de una familia

Hoy vamos a abordar otro éxito de nuestro despacho, esta vez relacionado con el mundo inmobiliario y de las hipotecas. Nuestro abogado Óscar Martínez le ha ganado un pulso a la entidad bancaria BBVA, que pretendía hacer una ejecución hipotecaria sobre una vivienda. 

La familia afectada, que estaba al borde del desahucio, venía soportando cláusulas abusivas en su crédito hipotecario y nuestro abogado ha conseguido no solo que les reduzcan los intereses, sino que la cláusula suelo sea eliminada de su hipoteca.




Pasamos ahora a explicároslo con más detalle: 

Nuestro abogado Óscar Martínez se ha encargado de la defensa de una familia que iba a ser desahuciada. Interpuso la oposición a la citada ejecución hipotecaria por contener el préstamo hipotecario cláusulas abusivas. En la primera instancia le dieron la razón en dos cosas: 

1) Que los intereses moratorios eran abusivos y se los aminoraban considerablemente.

2) Que la cláusula de tratamiento de datos personales era también nula parcialmente (esta cláusula decía algo así como que el banco sin autorización podían solicitar todo tipo de información a tu nombre).

La familia logró llegar a un acuerdo con el BBVA para quedarse dentro de la casa, y por este motivo nuestro abogado decidió no seguir recurriendo. A pesar de que el Juzgado de Instancia no había anulado la cláusula suelo, que él entendía debería de eliminarla. 

Pero el banco y sus abogados, movidos por pura ambición según cree nuestro compañero, recurrieron para pedir que no se aminoraran los intereses moratorios. "Al llegarme el recurso la verdad es que me dio un poco de rabia porque como que no se conformaban con una reducción de intereses". Entonces Óscar realizó la impugnación al recurso y al mismo tiempo una apelación contra la cláusula suelo.

Finalmente el resultado ha sido favorable para nuestros clientes: la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictaminado que los intereses son abusivos y que la cláusula suelo se tiene que eliminar, y además los condenan a las costas del procedimiento.

Óscar Martínez, abogado de Legalcores.

Si te encuentras en una situación similar, si sabes que estás pagando excesivos intereses o si, simplemente, desconoces la naturaleza real de tu hipoteca y si pesan sobre ella cláusulas abusivas, no dejes de contactar con nosotros. Os atenderemos en una primera cita sin compromiso y estudiaremos vuestro caso de forma gratuita para, a continuación, pasaros un presupuesto de nuestros servicios. 955 102 823- 954 181 703 www.legalcoresabogados.es 

martes, 30 de junio de 2015

El "céntimo sanitario", un nuevo impuesto del Gobierno que la UE ha rechazado

El 1 de enero de 2002 entró en vigor el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos, conocidos popularmente como 'céntimo sanitario'. Esta nueva recaudación serviría para financiar gastos sanitarios. Las comunidades autónomas gozaron de margen para fijar un tipo autonómico y los rendimientos obtenidos de podrían dedicar a aspectos medioambientales. Se fijó un tipo impositivo de 2,4 céntimos por litro en el tramo estatal y otro optativo para comunidades que podría llegar a 4,8 céntimos. 

Así se explicó la ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, conocida por las siglas (IVMDH). Este impuesto se creó y nació abiertamente con la finalidad de atribuir a las Comunidades Autónomas el rendimiento de nuevas figuras tributarias que, además de aportar recursos, contribuyeran a la corresponsabilidad fiscal, atribuyéndoles capacidad normativa a las mismas a tal efecto, y decía el expositivo claramente “quedando afectada su recaudación a la cobertura de los gastos en materia de sanidad, y en su caso, de la actuaciones medioambientales”.

Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro.

Pero dicha normativa desde el primer momento se estaba viendo venir, estaba incumpliendo la materia impositiva, y además lo recaudado no se estaba destinando a los efectos prometidos. Algo así como las Tasas judiciales, donde se prometió que iban a ir para la mejora de los Juzgados, para terminar retirándolas (afortunadamente) e incluso el Sr. Ministro Catalá, ha tenido que reconocer que no ha sido así. 

Pues bien, frente a tan desafortunada ley y peor aplicación llegó la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha de 27 de febrero de 2014, en la cual 'grosso modo' se ha declarado que el impuesto IVMDH, resulta contrario al Derecho Comunitario, y que por tanto se le tienen que devolver a los contribuyentes (principalmente como entra en la lógica a empresas del sector de transporte y derivados), los ingresos indebidos soportados. ¿Habrán ido a rescatar a los bancos mientras se le exigía más a los autónomos del transporte de éste país que son la mayoría? Se pregunta éste letrado.

Los pequeños transportistas son los principales afectados por el 'céntimo sanitario'.

El volumen de reclamaciones ha sido enorme, pero el Gobierno lejos de rectificar y comenzar a asumir su responsabilidad, frente a las reclamaciones de responsabilidad patrimonial realizadas frente al Ministerio de Economía y Hacienda, el Ministro Montoro, con una nueva vulneración del principio de seguridad jurídica de los ciudadanos ha decidido rechazar de plano todas y cada una de las reclamaciones (casi 1.600) con la misma resolución de 27 de Febrero de 2015, obligando a los administrados a tener que acudir al Tribunal Supremo (que se va a saturar aún más), con el coste que ello conlleva. 

EL GOBIERNO ELUDE SU RESPONSABILIDAD 
El Estado, en una plena disfunción de su cometido como es resarcir el derecho de los administrados de toda inmisión directa o indirecta, voluntaria o incidental, por los daños ocasionados, se limita a realizar una “respuesta tipo” a todas las reclamaciones efectuadas, rechazándolas en su plenitud, ahondando en la inseguridad jurídica de los que como, son la mayoría de los transportistas en éste país son unos simples trabajadores autónomos del sector del transporte los cuales se le ha recaudado injustamente unas importantes cantidades, en unos años de plena crisis.


El impuesto se ha aplicado sobre determinados hidrocarburos,
pero la UE lo ha rechazado.
¿Cúal ha sido la finalidad del Ministro al obligar a que se acuda?, la respuesta es sencilla, quitarse de en medio al pequeño transportista que o bien no pueda responder económicamente o éste con un hartazgo de ver como el estado no le responde y tiene que seguir esperando lo que podría ser una gran tranquilidad para un año que a pesar de lo que digan las previsiones sigue siendo duro en lo laboral y económicamente hablando.

¿Cúal es la recomendación de Legalcores Abogados?, sin duda reclamar, el plazo de dos meses esta más que abierto para continuar y los precios de letrado y procurador se adaptarán a la situación, y el pleito esta avocado a la victoria. Puesto como indica la propia sentencia del Tribunal Europeo, el Estado infractor queda obligado a suprimir con efectos retroactivos las consecuencias del incumplimiento, como lo ha decidido de forma expresa en el presente asunto, puesto que como es doctrina asentada en la UE y en nuestro ordenamiento, “los particulares afectados por un acto normativo contrario al Derecho de la Unión Europea tienen derecho al resarcimiento mediante indemnización del perjuicio sufrido o provocado”.

Óscar Martínez, abogado y economista de Legalcores.

martes, 23 de junio de 2015

El derecho constitucional del acusado a no declarar

Cuando una persona ha de declarar como imputado, ya esté detenida o no, y ya sea la declaración ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o ante el Juez de Instrucción, uno de los derechos constitucionales que le amparan es el de no declarar.

Este derecho a no declarar constituye una valiosa herramienta de defensa de la que muy probablemente no se usa con la frecuencia que se merece. En el momento en el que una persona ha de declarar como imputado hemos de tener en cuenta que estamos en presencia de una persona INOCENTE, sin discusión. Esto es básicamente lo que significa estar amparado por el derecho, también constitucional, a la presunción de inocencia. Sobre esta base, es absolutamente lógico que nuestra Constitución establezca que no pueda exigirse a una persona inocente que dé explicaciones de ningún tipo en relación a hechos que están siendo objeto de un procedimiento penal de investigación que se está tramitando en su contra. 




De ahí que el no declarar no implica para el que se acoge a este derecho una aquiescencia con los hechos que le imputan. Aquí no tiene ninguna validez el viejo refrán: “el que calla otorga”. Ninguna consecuencia negativa para esa persona pueda extraer la Policía o el Juez del hecho de que la misma se haya acogido a su derecho constitucional a no declarar, particularmente a la hora de decidir sobre la adopción de medidas cautelares del tipo que sea: detención, prisión provisional, medidas cautelares patrimoniales … etc.
En no pocas ocasiones he comprobado que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad no tienen completamente interiorizado todo lo anterior. 


A veces he visto cómo se molestan cuando el imputado les dice que se acoge a su derecho a no declarar, amenazan veladamente con detenerlo (a quien ha acudido a las dependencias policiales voluntariamente por su propio pie), o bien tratan de “enredarlo” con un coloquio distendido para que el imputado les comience a relatar cosas sin darse cuenta de que ya se está tomando acta de lo que dice. En estos casos el abogado tiene que reaccionar con firmeza e impedir que la declaración continúe exigiendo a los funcionarios que pregunten con claridad al imputado si desea o no declarar, y ante la negativa, cierren el acta y se abstengan de realizar más preguntas. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tienen que acostumbrarse a investigar los delitos sin basar sus investigaciones, ni siquiera en una mínima parte, en lo que puedan extraer de la declaración del imputado. 



Obviamente sería mucho más fácil para ellos si los imputados, al contrario de la normativa vigente, tuvieran la obligación constitucional de declarar, y además de hacerlo diciendo la verdad, como si de un testigo se tratara. Pero por razones enraizadas en nuestra consideración como estado democrático de derecho, esto no es así, ni aquí ni en ningún país que comparta nuestra cultura y fundamentos políticos.
En realidad, lo más sensato y adecuado en un porcentaje muy elevado de los casos es no declarar. Téngase en cuenta que estas declaraciones se suelen producir en los estadios más primarios de la investigación, y en circunstancias en las que, también en muchas ocasiones, el abogado defensor no ha tenido oportunidad de examinar de una forma profunda y sosegada las actuaciones realizadas hasta dicho momento, ni entrevistarse tampoco de una forma serena con su cliente. Por ello mismo, declarar en estas condiciones es como entrar en una habitación extraña y además a oscuras: hay que caminar a tientas y aún así, lo más probable será tropezar con algún obstáculo, o en el peor de los casos, caer por un precipicio.


Y obviamente no ha de verse esto como un entorpecimiento de la acción de la Justicia, ni mucho menos. Perfectamente un inocente puede verse condenado a pena de prisión a consecuencia básicamente de lo que declaró como imputado, o por contradicciones entre ésta declaración y la ofrecida en el juicio oral. Y es que a veces, el inocente puede haber mentido sobre algunos hechos en su declaración como imputado al entender erróneamente que era lo mejor para su defensa, u omitir detalles que sin embargo le podrían haber beneficiado, o equivocarse motivado por el nerviosismo y la angustia que en la mayoría de las personas genera el hecho de declarar como imputado. Y después, estas mentiras, omisiones y errores, al ser detectadas por el juzgador en el juicio oral, pueden ser interpretados como elementos indicativos de su culpabilidad, dictándose finalmente una sentencia condenatoria errónea e injusta. 




Ya lo dice la magistral exposición de Motivos de nuestra actual Ley de Enjuiciamiento Criminal:
Están enfrente uno del otro, el ciudadano y el Estado. Sagrada es, sin duda, la causa de la sociedad; pero no lo son menos los derechos individuales. En los pueblos verdaderamente libres, el ciudadano debe tener en su mano medios eficaces de defender y conservar su vida, su libertad, su fortuna, su dignidad, su honor; y si el interés de los habitantes del territorio es ayudar al Estado para que ejerza libérrimamente una de sus funciones más esenciales, cual es la de castigar la infracción de la ley penal para restablecer, allí donde se turbe, la armonía del derecho, no por esto deben sacrificarse jamás los fueros de la inocencia, porque al cabo el orden social bien entendido no es más que el mantenimiento de la libertad de todos y el respeto recíproco de los derechos individuales.

Por tanto, recuerde: antes de declarar, piénselo dos veces … o tres. Es un consejo de LEGALCORES ABOGADOS.


David Rodríguez Suárez abogado de Legalcores.

martes, 5 de mayo de 2015

Legalcores Abogados cumple cinco años

De izquierda a derecha: David Fernández, Iván Díaz, Óscar Martínez y David Rodríguez.

Legalcores ha cumplido cinco intensos años, de consolidación y expansión. Un lustro en el que sus integrantes han conseguido hacer del bufete un despacho multidisciplinar de tamaño medio, que incorporó a otras tres personas y fue capaz de abrir una nueva oficina en Mairena del Aljarafe. Poco a poco hemos dado forma a nuestro paquete de servicios, que podéis conocer en nuestra web, y a Deviat, un nuevo departamento especializado en accidentes. 

Todo ello teniendo en cuenta que se producía con la mayor crisis económica que ha vivido este país en el último siglo. La constancia en el trabajo, volcada en las necesidades de las personas y en la defensa de sus intereses, ha llegado a la sociedad y nos ha dado su confianza durante estos últimos cinco años, y esperemos que siga siendo así durante muchos más.

Legalcores tiene actualmente dos despachos: Alcalá de Guadaíra y Mairena del Alcor.

Cinco años de trabajo duro, en los que ha habido momentos difíciles, pero siempre compensados con la satisfacción de nuestros clientes.
Todos los comienzos son complicados, más si cabe en estos tiempos de crisis, sin embargo hemos sabido mantenernos gracias a la perseverancia, al apoyo de los compañeros y a saber adaptarnos a las circunstancias actuales.

Nuestros abogados reunidos en el despacho de Alcalá de Guadaíra.
Nuestro bufete es un despacho joven pero algunos de sus componentes tienen más de quince años de experiencia y es común en todos sus miembros la idea de que es fundamental la especialización para tener un mayor conocimiento sobre la materia en la que se trabaja y para dar un mejor servicio.

Los componentes de Legalcores no son abogados generalistas, sino letrados especializados en algún ámbito del Derecho, y es esta la forma de organización que ha primado siempre desde su origen. Esperamos que estos cinco años sean los primeros de un largo recorrido en el que continuemos evolucionando, mejorando, manteniendo la confianza de nuestros clientes y solucionando los problemas de más personas. Gracias a todos por vuestro apoyo. ¡Seguimos adelante!.

Nuestros letrados se caracterizan por la cercanía, la sensibilidad, la perseverancia y la firmeza.


viernes, 30 de enero de 2015

Consejos para obtener la máxima indemnización en caso de atropello

Cuando usted es peatón y resulta golpeado por un vehículo a motor, no dispone de nada para protegerse. Esto hace que cualquier peatón atropellado sea extremadamente vulnerable a sufrir lesiones muy graves. De hecho, cuando el atropello se produce a velocidades superiores a los 80 km/h, la tasa de mortalidad es prácticamente del 100%. En personas ancianas y en niños hay muchas probabilidades de morir en impactos de más de 40 km/h. Las lesiones suelen ser muy graves y se centran en las extremidades inferiores, pero la peor parte se la lleva la cabeza por el efecto del golpe de la misma con el parabrisas delantero del vehículo.


En términos generales, se supone que los peatones tienen preferencia de paso al cruzar una calle en un paso de peatones señalizado o en una intersección cuando el semáforo está en verde para los peatones. Pero el mero hecho de que el accidente ocurra en un paso de peatones no es el único factor para determinar quién tiene la culpa. Otros factores entran en juego, como la secuencia de luces de tráfico en cuestión, los signos que pueden o no pueden haber estado presentes, incluso el color de la ropa que llevaba el peatón y la hora del día o de la noche en que ocurrió el accidente, las circunstancias climatológicas… etc. 

En Deviat Abogados investigamos a fondo los detalles de estos accidentes, y conocemos la forma de establecer la responsabilidad del conductor en estas situaciones.

Tenga en cuenta de que en cualquiera de estas circunstancias, el conductor del vehículo que le golpeó estará representado por un abogado de la compañía de seguros, y si sus intereses no están defendidos al mismo nivel, es prácticamente seguro que va a conseguir menos dinero de lo que en realidad se merece.



Hay muchas ocasiones en las que recibirá como peatón un impacto de un vehículo a baja velocidad, no obstante lo cual sufrirá lesiones por la evidente vulnerabilidad del cuerpo ante la máquina, pero si perder la consciencia. 

Esto último le permitirá observar una serie de sencillas reglas que a continuación le ofrecemos, lo cual acrecentará las posibilidades de que reciba una indemnización justa:


1.- Si el conductor que lo atropelló u otra persona no ha llamado por teléfono para recibir asistencia médica y usted tiene un teléfono móvil, llame a la policía inmediatamente. La policía pedirá ayuda médica y preparará un informe oficial del accidente.


2.- La preservación inmediata de las pruebas es clave. Esto puede sonar morboso, pero a pesar de que lo más seguro es que estará usted en el suelo o incluso sangrando, pídale a alguien que tome una foto de usted o bien tome una foto de sí mismo y de sus heridas con su propia cámara del móvil. Esto constituirá una evidencia muy valiosa en manos de su abogado, más adelante.


3.- Obtenga los nombres, direcciones y números de teléfono de cualquier persona que sea testigo del atropello. Esto se debe hacer en los primeros minutos después del accidente. Si usted o la persona que lo asista espera demasiado tiempo para hacerlo, puede perder la oportunidad.


4.- Obtenga el nombre, direcciones, números de teléfono y cualquier información del seguro del vehículo y del conductor que le atropelló.



5.- Intente retener en su cabeza hechos importantes que rodean el accidente, como las condiciones de fecha, hora, lugar y tiempo. Si usted tiene mala memoria y su teléfono móvil dispone de grabadora de voz, hable de los hechos en la grabadora.


6.- Después de obtener el tratamiento médico que necesite, póngase en contacto con un abogado especializado. En Deviat Abogados representamos a los peatones que han sido heridos en accidentes de tráfico, y lo hacemos con el máximo de calidad y profesionalidad en el servicio.



Por tanto si usted ha sido golpeado por un coche como peatón en un cruce peatonal, una calle o un estacionamiento, necesita un abogado con experiencia para asegurarse de que reciba la cantidad máxima de indemnización a la que tenga derecho. 

David Rodríguez, abogado de Legalcores y Deviat.








lunes, 19 de enero de 2015

Legalcores logra que la aseguradora Pelayo pague a sus clientes más de 4.000 euros como indemnización por robo

Antonio y Ángeles sentían que les habían robado dos veces. La primera, en junio de 2013, cuando unos ladrones forzaron la puerta de su casa y les robaron objetos personales valorados en más de 4.000 euros; y la segunda vez, cuando su aseguradora de toda la vida, Pelayo, se negó a indemnizarles de una forma justa. 

La compañía con la que mantenían una póliza desde hacía años solo les ofreció una compensación de 435,90 euros. Pero tras recurrir los afectados a Óscar Martínez, abogado de Legalcores, el juez fijó un importe de 4.265 euros más los intereses legales que Pelayo tendrá que abonar a sus asegurados. 


Si bien la compañía de seguros reconoció como cierto el acceso de personas extrañas al piso, así como la sustracción de objetos, su principal argumento para no indemnizar fue que no estaba demostrado que el acceso a la vivienda se hubiera producido por la fuerza, y por tanto, no podía considerarse robo como tal, sino hurto. Y para estos supuestos, la póliza tenía estipulaba una cantidad bastante inferior. 

Según Pelayo, por las condiciones en que se encontraba la puerta, al piso podría haber accedido personas de confianza, incluso los hijos de este matrimonio. Algo totalmente falso y carente de fundamento, dada la pericia con que actualmente actúan muchos cacos a la hora de abrir y entrar en la vivienda.


Nuestro abogado Óscar Martínez logró demostrar, y así lo recoge en su sentencia el juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Sevilla, que el acceso al inmueble se produjo 'con fuerza en las cosas'. "Bien mediante un sutil forzamiento de la cerradura de la puerta sin producir daños visibles en ésta, o bien mediante el empleo de llave falsa, constituida incluso por el empleo de la llave de dicha vivienda por extraños, o incluso por personal dependiente infiel que pudiera tener acceso a la misma". 

Esta situación, según figura en la sentencia, se corresponde con el delito descrito en el artículo 237 del Código Penal, como "apoderamiento de cosas muebles ajenas con ánimo de lucro y mediante fuerza en las cosas, o violencia o intimidación en las personas". 


A pesar de que contra la resolución cabe presentar un recurso de apelación, Pelayo no lo ha hecho y ha aceptado abonar la indemnización a sus asegurados, fijada por el perito en 4.265 euros. Después de toda una vida pagando religiosamente su póliza de seguros y sin apenas haber reclamado nunca nada a Pelayo, nuestros clientes sienten restituída, al menos en parte, la pérdida que sufrieron en junio de 2013. 

Desde Legalcores siempre os animamos a presentar una denuncia contra la empresa o entidad que no responda ante lo acordado o que no respete vuestros derechos. Este caso demuestra que merece la pena la espera y que el apoyo y asesoramiento profesional de nuestros abogados siempre da buenos resultados y logra el beneficio más justo para nuestros clientes. Si te encuentras en una situación similar, no dudes en consultarnos. Confía en nosotros! 

lunes, 15 de diciembre de 2014

15 Consejos útiles en caso de accidente de tráfico

Si usted se ve involucrado en un accidente de tráfico, en Deviat Abogados le ofrecemos algunos consejos útiles para que su reclamación de indemnización por los daños que sufra tenga éxito.


1º.- ESTÉ PREPARADO: Prácticamente todos los conductores, en algún momento de su vida, sufren un accidente. En la mayoría de los casos se trata de accidentes leves, sin lesiones o con lesiones de escasa importancia. En otras ocasiones puede usted tener la mala fortuna de sufrir un accidente grave. Tanto para un caso como para otro, debe usted estar preparado para ese momento, y para ello debe tener a su disposición en su vehículo los siguientes objetos:
Teléfono móvil para pedir ayuda y también para usar como una cámara para fotografiar a todos los vehículos involucrados, personas y escena del accidente. En la actualidad prácticamente todos los teléfonos móviles pueden hacer fotografías, y en muchas ocasiones, de gran calidad, ¡aprovechémoslo!.
■ Papel y bolígrafo o lápiz.
■ Linterna que funcione con pilas.
■ El documento que acredite que dispone del seguro obligatorio de responsabilidad civil.
■ Si usted sufre alguna dolencia médica especial que requiera cuidados específicos, lleve una tarjeta que describa la misma con las advertencias precisas en cuanto a alergias a algunos medicamentos, tratamientos no recomendados … etc.



2º.- CÁLMESE, TRANQUILÍZESE TODO LO QUE PUEDA, INTENTE MANTENER LA CABEZA FRÍA:
Y ello por dos razones fundamentales. La primera, porque tras el accidente lo primero es preservar la seguridad de usted, de su familia, de los demás implicados en el siniestro, y de los restantes usuarios de la vía que estén circulando en ese momento, así como atender a las víctimas que en ocasiones requerirán primeros auxilios de forma urgente. Y en segundo lugar, porque si no mantiene la cabeza fría es difícil que pueda seguir correctamente los siguientes consejos que a continuación le vamos a dar, y que implican que usted agudice sus dotes de observación de todo lo que suceda, lo que le resultará imposible si se encuentra excesivamente nervioso.

3º.- COMPRUEBE LAS LESIONES:
Compruebe quiénes de las personas involucradas en el accidente presenta lesiones (incluido obviamente usted) y si alguien necesita atención médica urgente, llame inmediatamente al 112 para recibir ayuda.



4º.- DE AVISO A LA POLICÍA:
Si en el accidente se han producido lesionados, le recomendamos que llame a la policía a fin de que la misma elabore un informe (que recibe el nombre de atestado) en el que se describirán todas las circunstancias del siniestro. A menudo sucede que quien inicialmente admitía la culpa en el accidente, después cambia su versión de los hechos y pretende culpabilizar al otro. El atestado policial en el que conste claramente toda la información sobre la colisión puede prevenir este problema potencial.

5º.- TOME FOTOGRAFÍAS DE LOS VEHÍCULOS ACCIDENTADOS EN LA POSICIÓN EN LA QUE HAN QUEDADO TRAS EL ACCIDENTE ANTES DE MOVERLOS A UNA ZONA SEGURA:
Normalmente la posición en la que han quedado los vehículos tras el accidente es importante para demostrar la culpabilidad de la otra parte en el mismo. Por ello, trate de esperar a la policía antes de moverlos. Si por razones de seguridad del tráfico tiene que mover los vehículos antes de que llegue la policía, tome fotografías de los vehículos desde diferentes lugares y ángulos que muestren su posición antes de moverlos. Tome también fotografías de huellas de frenada, cristales en la calzada, barro, plásticos, todo lo cual es indicativo de la dinámica de producción del accidente.



6º.-  TOME FOTOGRAFÍAS DE SUS PROPIAS LESIONES Y DE LAS DE AQUÉLLOS QUE VIAJABAN CON USTED EN EL VEHÍCULO:
Esto puede sonar morboso o 'bruto', pero a pesar de que en algunas ocasiones estará usted en el suelo o incluso sangrando, pídale a alguien que tome una foto de usted o bien tome una foto de sí mismo y de sus heridas con su propia cámara del móvil. Esto constituirá una evidencia muy valiosa en manos de su abogado, más adelante. También es importante que, posteriormente, fotografía sus lesiones mientras éstas se van curando.

7º.- ANOTE TODA LA INFORMACIÓN QUE PUEDA SOBRE MATRÍCULAS, CONDUCTORES, TESTIGOS … ETC.- Obtenga los nombres y demás datos personales de todos los implicados en el accidente, y de todo aquél que lo haya presenciado (pues en su día podrá testificar sobre lo ocurrido). A ser posible, pídale al otro conductor que le muestre su documentación, pues no debe confiar en que éste le dé la información correcta, puede ser errónea o falsa. Para cada vehículo, anote también el número de matrícula, descripción del mismo incluyendo la marca, modelo, color, cualquier cosa escrita en la carrocería, tales como nombres de empresas, números de teléfono, logotipos … etc. Anote también dónde se ubican los daños en cada uno de los vehículos, incluyendo daños que puedan ser preexistentes a la colisión.

8º.- RELLENE EL PARTE AMISTOSO DE ACCIDENTES SÓLO EN CASOS DE COLISIONES LEVES EN LAS QUE NO SE HAYAN PRODUCIDO LESIONES:
En estos partes amistosos podrá hacer constar toda la información que referimos en el punto anterior. Tenga en cuenta que en estos partes en ningún momento se pide que alguno de los implicados acepte la responsabilidad en el accidente, de manera que no tiene sentido que discuta con el contrario acerca de este aspecto. Aún tratándose de colisiones leves y sin lesionados, debe dar aviso a la Policía en los siguientes casos:
■ Si el otro conductor intenta darse a la fuga.
■ Si hay más de dos vehículos implicados. Es fácil cometer errores en la confección de varios partes amistosos en estos casos.
■ Si el otro conductor muestra signos de estar bajo la influencia del alcohol o drogas.
■ Si el otro conductor no facilita su identificación.
■ Si una vez rellenado el parte amistoso, el otro conductor se niega a firmarlo.





9º.- TENGA CUIDADO CON LO QUE DICE: 
Sea cortés y educado en todo momento, pero nunca debe admitir la culpa o la responsabilidad en el accidente ya que, entre otras razones, pueden haber influido en la producción del mismo otros factores que usted en ese momento no conoce, como que el otro conductor excedió el límite de velocidad, o conducía bajo la influencia de alcohol o drogas, o había un error en la señalización semafórica … etc. No admita tampoco su culpa ante la compañía aseguradora contraria ni se someta a exámenes médicos de ésta sin haber antes consultado con un abogado experto.

10º.- NO SE RETRASE EN ACUDIR A LOS SERVICIOS MÉDICOS DE URGENCIA:
Es fundamental que acuda usted de inmediato a los servicios médicos de urgencia para la atención de sus lesiones (si es que no ha recibido usted asistencia urgente en el propio lugar del accidente). Cualquier retraso en hacer esto, puede perjudicar el buen fin de su reclamación. Describa desde el principio las dolencias que sienta y las limitaciones que sufra a consecuencia de la lesión de la manera más precisa y concreta que pueda. Tan malo para su reclamación de indemnización es exagerar sus lesiones como minimizarlas.



11º.- GUARDE TODA LA DOCUMENTACIÓN MÉDICA QUE DESDE ESE MOMENTO COMENZARÁ A RECABAR:
Partes de asistencia urgente, informes médicos de todo tipo, recetas de prescripción de medicamentos, radiografías y cualquier otra clase de prueba diagnóstica, informes de Fisioterapia y Rehabilitación …etc. No tire ningún documento por nimio que le parezca. Debe guardar celosamente toda esta documentación durante la totalidad del tiempo que dure su tratamiento hasta su total curación, pues ella será la base sobre la que trabajará nuestro Médico Especilista en Valoración del Daño Corporal para determinar de forma precisa el tiempo que usted ha necesitado para su curación, los días que haya estado hospitalizado, los días que ha estado impedido para la realización de sus ocupaciones habituales y finalmente, en su caso, las secuelas que le hayan quedado como consecuencia del accidente.

12º.- GUARDE TODOS LOS RECIBOS O COMPROBANTES DE LOS GASTOS DE DESPLAZAMIENTO en los que usted ha debido incurrir para el tratamiento de sus lesiones. Todos estos gastos podrán ser incluidos en la reclamación futura de indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

13º.- DE PARTE INMEDIATAMENTE DEL SINIESTRO A SU COMPAÑÍA ASEGURADORA:
Si por sus dolencias no lo puede hacer usted personalmente, pídale que lo haga a un familiar o amigo. La ley establece un plazo de siete días desde que ocurrió el accidente para notificar el mismo a su compañía aseguradora.



14º.- TENGA PACIENCIA:
Tener demasiada prisa en obtener una indemnización está reñido con que la misma sea justa y adecuada a la naturaleza de sus lesiones. Por tanto, no se conforme con la cantidad que  la compañía aseguradora le ofrezca con demasiada rapidez. A veces, las compañías aseguradoras intentar obtener una solución rápida antes de que la víctima de un accidente tenga tiempo para apreciar plenamente el alcance de sus lesiones, o consultar con un abogado especializado. Aceptar un acuerdo con la compañía aseguradora antes de que usted hable con un abogado o antes de tener una evaluación completa de sus lesiones es una mala idea, ya que puede resolver un caso por menos de lo que vale.

15º.- Y LO MÁS IMPORTANTE: PÓNGASE INMEDIATAMENTE EN LAS MANOS DE LOS ABOGADOS EXPERTOS DE DEVIAT:
¿Sabía usted que el 90% de los seguros disponen de entre 600 y 3.000 euros para que contrate a un abogado independiente que defienda solo sus intereses y no los de la aseguradora?. Ese dinero está incluido en la póliza y puede emplearlo en contar con un profesional de la abogacía que le ayude a solventar su conflicto con las máximas garantías de beneficio para usted y no para la compañía.
Muchas personas desconocen o no tiene en cuenta esto, y a consecuencia de ello, suelen obtener indemnizaciones por daños y perjuicios hasta un 50% más bajas. “Las aseguradoras, entre ellas, suelen tener ‘pactos de no agresión’: si tú te portas bien conmigo en este accidente, en el próximo yo me portaré bien contigo”. 




En DEVIAT ABOGADOS trabajamos con clínicas y peritos independientes de las compañías aseguradoras, que siempre velarán por los intereses del accidentado. Las aseguradoras siempre tendrán en cuenta sus propios intereses, dejando a un lado los del cliente e intentando pagar lo mínimo. Por ejemplo, recientemente está surgiendo una nueva excusa de las aseguradoras para no indemnizar: los accidentes a baja velocidad. Según las compañías, si el vehículo no sufre daños, sus ocupantes tampoco! Una teoría falaz con la que pretenden eludir la cobertura a sus clientes.

Pues bien, esa sensación de abandono y desinterés que se suele sentir cuando no hallamos respuesta en el seguro, no sucede cuando se contrata a un abogado independiente, quien pondrá todo de su parte para resolver el conflicto a su favor. Buena disposición, profesionalidad, información continua sobre el estado del procedimiento… Mientras el afectado solo ha de preocuparse por su recuperación y por su día a día sin padecer más preocupaciones. Sufrir un accidente de tráfico ya es lo bastante desagradable como para, además, aguantar los inconvenientes del seguro y su abogado.

Por eso, desde DEVIAT ABOGADOS les recomendamos que revisen toda la letra pequeña de su póliza y que hagan uso de todos los derechos contraídos en el contrato. No duden en reclamar el dinero que les corresponde y contraten a un abogado independiente que ponga toda la carne en el asador para que su problema se solvente a su favor.

Si desea ayuda y orientación de un abogado especializado en accidentes de tráfico, puede llamarnos a nuestros teléfonos 955 102 823 o 954 181 703 para concertar una cita totalmente gratis y sin compromiso. Incluso si usted no se puede desplazar debido a sus dolencias, nosotros nos trasladamos a su domicilio o al centro médico donde se encuentre hospitalizado.

jueves, 4 de septiembre de 2014

Afrontar el divorcio de forma sensible y eficaz.

Uno de cada tres divorcios se produce después del verano. Durante el periodo estival hay más tiempo libre para pasar con la pareja. La convivencia se estrecha más allá de los asuntos familiares, los niños y la casa. Y es entonces, en este ambiente que debería ser relajado y feliz, en el que afloran los problemas de entendimiento, las desavenencias y la desidia que antecede a la separación. Psicólogos y psiquiatras achacan a las vacaciones en pareja o en familia este aumento de demandas por divorcios y separaciones que se produce durante el mes de Septiembre.


Las cuestiones que se plantean en el Derecho de Familia requieren de unos conocimientos jurídicos especializados, experiencia por parte del abogado responsable y un enfoque sensible por parte de este. Muy a menudo se trata de asuntos con una importante carga  emocional en la vida de los que van a divorciarse y que se agrava aún más cuando hay hijos en común. En Legalcores Abogados contamos con el abogado David Rodríguez con 15 años de experiencia asesorando a clientes en este tipo de asuntos.


Custodias compartidas, divorcios de mutuo acuerdo o contenciosos, derechos de visitas de los abuelos respecto a los nietos... Son muchos los casos abordados por este letrado que, ya por el año 2008 conseguía una sentencia pionera que se publicó en ABC de Sevillaen la que se condenó a los suegros de una divorciada a pagar la pensión de alimentos de sus nietos.

Si te encuentras en alguna de estas situaciones, ponte en contacto con nosotros y pide una cita gratuita y sin ningún tipo de compromiso.