lunes, 8 de junio de 2015

Claúsula suelo: la última sentencia del Tribunal Supremo obliga a devolver el dinero cobrado por los bancos de forma indebida desde el 9 de mayo de 2013.

Nuestro abogado y economista especializado en cláusulas suelo, David Fernández, analiza la esperadísima Sentencia del Tribunal Supremo del 25 de marzo de 2015, mediante la cual se confirma y ratifica el fallo de la Sentencia de 9 de mayo de 2013. Esto supone que las entidades bancarias están obligadas a devolver, como mínimo, las cantidades cobradas de más a partir del 9 de mayo de 2013.

Nuestro abogado y economista especializado en cláusulas suelo, David Fernández.

"Parece que la Sentencia da solución al problema relacionado con los efectos de la declaración de Nulidad de la Cláusula Suelo, es decir, sobre la restitución o devolución al consumidor de los intereses pagados de más por la aplicación de la cláusula suelo, pero lo hace limitando las cantidades a devolver, solo tendrá que devolver las cantidades cobradas de más a partir del 9 de mayo de 2013, fecha de la primera Sentencia del TS sobre cláusulas suelo".

"El TS vuelve a incrementar la confusión, la incertidumbre y el descontento de los deudores hipotecarios, y vuelve a favorecer nuevamente a las entidades bancarias".

"El TS determina que las cláusulas suelo son nulas, que las entidades financieras han utilizado una conducta abusiva, incluyendo sin conocimiento del consumidor una cláusula que carece de transparencia, por una total falta de información, pero que no podrán recuperar todo lo pagado de más por su aplicación, solamente una parte, solamente a partir del 9 de mayo de 2013". 

Fachada del Tribunal Supremo de Justicia, con sede en Madrid.

"La sentencia afirma y ratifica los requisitos exigidos para decretar la abusividad de la cláusula suelo introducidas en los préstamos hipotecarios por las entidades financieras, requisitos minuciosos, detallados y muy exigentes, los cuales, podemos decir, que muy pocas cláusula suelo, pueden superarlos, elevando de esta forma el porcentaje de éxito de las demandas individuales de nulidad de cláusula suelo".

OBLIGACIÓN DE DEVOLVER 
"En definitiva, aunque lo realmente justo para el consumidor, es que se le devuelva toda cantidad pagada de más en concepto de intereses por la aplicación de una cláusula suelo que sea decreta nula, y que lucharemos por que así sea, podemos decir, que las entidades bancarias serán obligadas, a devolver, como mínimo, las cantidades cobradas de más a partir del 9 de mayo de 2013".

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